Homologación vehículos

La homologación y reforma de vehículos de motor y sus remolques, abarca con diferencia una enorme variedad de servicios que ofertamos, como por ejemplo:

    • Homologación de tipo nacional, de series cortas nacionales, individual y CE de tipo.
    • Procedimientos requeridos por la Unidad de Certificación del Automóvil (UCA).
    • Tramitación de informes de conformidad, idoneidad y sustitutivos.
    • Informes H para matriculación nacional (emitido en virtud de la nota H del Real Decreto 2028/1986)
    • Gestión de fichas ITV.
    • Proyecto Técnico de Reforma y Certificado de Dirección de Final de Obra.
    • Asesoramiento para la elaboración del Certificado de Taller.
    • Tramitación y gestión de ensayos realizados por los Servicios Técnicos Oficiales, designados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
    • Fichas reducidas.
    • Y muchos más.

¿Qué es una homologación?

Es el procedimiento mediante el cual un Estado miembro certifica que un tipo de vehículo, sistema, componente o unidad técnica independiente cumple las correspondientes disposiciones administrativas y requisitos técnicos pertinentes.

¿Qué es una reforma en un vehículo?

Una reforma, tal y como indica el Real Decreto 866/2010, es toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986.

Este término incluye cualquier actuación que implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV del vehículo.

Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.

Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

¿Qué reformas pueden realizarse actualmente?

La respuesta es muy amplia, puesto que hay muchas posibles reformas, por ejemplo podemos citar las siguientes:

    • Cambio de emplazamiento de la matrícula.
    • Modificación o sustitución del motor.
    • Modificación o sustitución del sistema de escape, silenciadores, catalizador, difusor.
    • Reprogramación de la centralita para variar la potencia máxima.
    • Variación del ancho de vías.
    • Sustitución de neumáticos por otros NO equivalentes.
    • Modificación del sistema de suspensión.
    • Instalación/desinstalación de rampas, elevadores, plataformas, etc.
    • Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior.
    • Adición, desinstalación o modificación de dispositivos de alumbrado.
    • Acoplamientos para remolques.
    • Cambio de categoría.
    • Modificación de los datos de la tarjeta ITV.
    • Etc.
Reformas de vehículos

¿Quién puede realizar una reforma en un vehículo?

La reforma en un vehículo debe ser realizada por un taller debidamente inscrito en el registro oficial de talleres de reparación de vehículos correspondiente.

¿Qué es una ficha reducida?

Es un documento firmado por un ingeniero competente en ello, que recoge las características del vehículo en cuestión. Este documento es requerido por la ITV como paso previo a la inspección técnica para la matriculación de un vehículo importado o para la realización de un duplicado de la tarjeta ITV.

Ofrecemos nuestros servicios en toda España

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