Seguridad equipos

La seguridad de los equipos una preocupación constante que debe solucionarse desde un primer momento. Todos los equipos, sin excepción alguna, independientemente del tipo de equipo y de la fecha de su puesta en servicio deben cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud requeridas por la normativa vigente.

En OKingeniería le ofrecemos varios servicios en materia de seguridad, como por ejemplo:

    • Estudio de pre-Adecuación en materia de seguridad, verificación de la viabilidad de la adecuación respecto a la normativa vigente.
    • Informes de Adecuación en materia de seguridad, según Real Decreto 1215/1997.
    • Revisión periódica e implementación de mejoras.
    • Certificado de Adecuación.
    • Y otros muchos.

¿Qué es adecuar un equipo al Real Decreto 1215/1997?

Se trata de comprobar y acondicionar el equipo para que cumpla las disposiciones mínimas de seguridad y salud requeridas por el Real Decreto 1215/1997.

Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

¿Qué es un “equipo” exactamente?

Según lo que se indica en el Real Decreto 1215/1997, un equipo de trabajo es cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo.

¿Es obligatorio adecuar un equipo?

Sí, según se especifica en el Real Decreto 1215/1997, el empresario debe garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizar el equipo de trabajo.

¿Cuándo es posible que necesite adecuar un equipo?

Lo más probable, es que necesite adecuar un equipo en los siguientes casos:

    • Reconversión de maquinaria, si una máquina se modifica sustancialmente la normativa vigente obliga a su adecuación en materia de seguridad, aunque dispusiera anteriormente de marcado CE.
    • Maquinaria fabricada antes del 01/01/1995, la maquinaria fabricada antes del 01/01/1995, carece de marcado CE.

¿Y si importo equipos de fuera de la Unión Europea?

No se puede comercializar o poner en servicio, dentro del Espacio Económico Europeo, un producto sin marcado CE que debiera llevarlo, y una adecuación en materia de seguridad no sustituye al marcado CE.

¿Y si importo equipos de fuera de la Unión Europea?

No se puede comercializar o poner en servicio, dentro del Espacio Económico Europeo, un producto sin marcado CE que debiera llevarlo, y una adecuación en materia de seguridad no sustituye al marcado CE.

¿Cómo se realiza una adecuación al Real Decreto 1215/1997?

La forma de realizar una adecuación en materia de seguridad de equipos es la siguiente:

    1. Realizar una inspección de los equipos.
    2. Elaborar un informe de posibles deficiencias detectadas.
    3. Adecuar el equipo según las deficiencias que se hayan detectado.
    4. Realizar una segunda inspección del equipo.
    5. Emitir el certificado de adecuación al Real Decreto 1215/1997.
El Certificado de adecuación al Real Decreto 1215/1997 debe estar firmado por un Técnico Superior de Riesgos Laborales o bien por un Organismo de Control Autorizado (OCA).
Proceso para una adecuación al RD1215

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